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MAR, 03 NOV 2026
Economía

Pensiones por invalidez: 4.329 suspendidas y un plazo de 60 días para regularizar el cobro

La Secretaría de Discapacidad dejó sin efecto el pago de 4.329 prestaciones y intimó a otros 7.008 beneficiarios a ampliar su documentación médica. Qué exige el organismo y por dónde se puede presentar.

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Valeria SosaEconomía · · lectura 2 min
Pensiones por invalidez: 4.329 suspendidas y un plazo de 60 días para regularizar el cobro

La Secretaría de Discapacidad oficializó la suspensión de 4.329 pensiones por invalidez laboral. Según el organismo, los titulares alcanzados no entregaron la documentación necesaria para acreditar la continuidad de su situación de discapacidad, por lo que la prestación quedó sin efecto hasta que se regularice la presentación.

Quiénes quedaron afectados y en qué plazos

El requisito central para mantener o recuperar el beneficio es contar con un Certificado Médico Oficial (CMO) que acredite una discapacidad del 66% o más. Sin ese respaldo, la prestación no puede continuar. Los suspendidos tienen 60 días corridos para presentar la documentación faltante; vencido ese lapso, el cobro no podrá ser rehabilitado.

En paralelo, 7.008 beneficiarios recibieron una intimación para ampliar la documentación médica que respalda su incapacidad laboral. En este caso, el plazo es de 30 días hábiles.

Canales habilitados para presentar la documentación

  • Oficinas de atención de ANSES.
  • Dependencias habilitadas de la Secretaría Nacional de Discapacidad.
  • Formulario de consultas del Ministerio de Salud, disponible en argentina.gob.ar.
  • Plataforma Trámites a Distancia (TAD), con el trámite « Presentación de Documentación para Pensión Invalidez ».

Una vez recibida, la documentación se incorpora al expediente administrativo del titular. Los equipos técnicos analizan ese expediente para determinar si corresponde rehabilitar el pago.

Marco normativo de la medida

La suspensión se publica mediante la Resolución 3702/2026, que dejó sin efecto una norma anterior que había restablecido el cobro de estas pensiones tras un fallo judicial. La Cámara Federal de Tucumán revocó esa sentencia de primera instancia en febrero de 2026, lo que habilitó la suspensión de los beneficios comprendidos en esa causa.

Para quienes dependen de esta prestación como parte de sus ingresos mensuales, el plazo comienza a correr desde la notificación individual. Reunir el certificado médico y presentarlo dentro de los tiempos previstos es el paso determinante para evitar la pérdida definitiva del cobro.

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Valeria SosaEconomía

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