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MIÉ, 21 OCT 2026
Economía

Subsidio de Contención Familiar: cuánto paga ANSES por sepelio y cómo se tramita

El beneficio alcanza los $15.000 y puede solicitarse dentro del año posterior al fallecimiento. Valeria Sosa, Economía, repasa los requisitos y la documentación exigida por el organismo previsional.

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Valeria SosaEconomía · · lectura 3 min
Subsidio de Contención Familiar: cuánto paga ANSES por sepelio y cómo se tramita

La Administración Nacional de la Seguridad Social mantiene vigente el Subsidio de Contención Familiar, una prestación orientada a quienes afrontaron los gastos de sepelio, cremación o inhumación de un jubilado o pensionado fallecido. Se trata de un pago único de $15.000 (fuente: ANSES), muy lejos de los valores que hoy maneja el mercado funerario en el Área Metropolitana de Buenos Aires, donde un servicio completo supera cómodamente los $2.000.000 según precios de referencia difundidos por cámaras empresarias del sector.

Vamos a los números: a valores de julio, el subsidio de $15.000 equivale a menos del 1% de un sepelio convencional. Comparado con el mismo mes del año anterior, cuando el beneficio ascendía a $7.500 (fuente: resoluciones de ANSES de 2024), la actualización nominal ronda el 100%, un porcentaje que, en términos reales, apenas equipara la inflación acumulada en ese período, de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor que publica mensualmente el INDEC.

Quiénes pueden cobrar el beneficio

  • Quien presente una factura a su nombre que acredite haber abonado el servicio funerario.
  • El viudo o conviviente con vínculo acreditado, en caso de no existir esa factura.
  • Los hijos con derecho a pensión por fallecimiento.
  • Los herederos sin derecho a pensión, únicamente cuando no haya otros reclamantes.
  • Personas que acrediten el pago mediante constancias de cooperativas de energía, gremios, mutuales o compañías de seguros, en los casos previstos por la normativa.

El organismo previsional fija un orden de prioridad que, en la práctica, privilegia a quien pueda exhibir el comprobante original a su nombre. Esta secuencia busca evitar superposiciones y garantizar que el dinero llegue a quien efectivamente hizo frente al gasto, un punto sensible porque, según relevamientos cualitativos del sector, son los hijos adultos o el cónyuge quienes suelen absorber la erogación.

Plazos y documentación requerida

El plazo para iniciar el trámite es de un año contado desde la fecha de fallecimiento (fuente: ANSES). Vencido ese término, el derecho caduca. Para los familiares con derecho a pensión, la documentación exigida es la resolución que acredita esa prestación y el formulario PS.6.296. Cuando se trata de herederos sin derecho a pensión, los formularios varían según el parentesco: PS.6.254, PS.6.258, PS.6.259 y PS.6.286. En todos los casos se requiere DNI del solicitante y del fallecido, partida de defunción y factura o constancia del pago.

El trámite puede canalizarse de dos maneras. La primera es íntegramente virtual, mediante el ingreso al portal de ANSES con CUIL y Clave de la Seguridad Social, seleccionando la opción “Solicitud de Subsidio de Contención Familiar”; en ese caso, es indispensable contar con la constancia de CBU bancaria para recibir la transferencia. La segunda opción es presencial, con turno previo solicitado en cualquier oficina del organismo.

Origen y modificaciones del beneficio

El Subsidio de Contención Familiar fue creado en 2006 y reformado en 2020 mediante la Resolución 172/2020 de la entonces ANSES (fuente: Boletín Oficial de la República Argentina). Aquella modificación amplió los grupos potencialmente beneficiarios e incorporó la posibilidad de que quienes estén gestionando simultáneamente la pensión por fallecimiento puedan percibir el subsidio en el mismo acto administrativo. La intención declarada por el organismo fue simplificar los pasos para las familias en duelo.

En síntesis, la herramienta existe y es accesible, pero el monto actual resulta claramente insuficiente frente a la estructura de costos del sector. El dato que hay que mirar el mes que viene es la próxima actualización del tope, dado que la ANSES suele revisarlo en línea con la movilidad previsional que aplica a las jubilaciones y pensiones, y cualquier incremento podría morigerar —aunque difícilmente neutralizar— la brecha entre el subsidio y el valor real de un sepelio en la Argentina de hoy.

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Valeria SosaEconomía

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