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VIE, 09 OCT 2026
Economía

Casas particulares: la escala de octubre suma 1,7% y absorbe la mitad de la suma no remunerativa de agosto

La actualización corresponde a la Resolución 6/2026 y se aplica tanto a los pagos por hora como a los sueldos mensuales. El cálculo final exige revisar categoría, modalidad, antigüedad, zona y horas extra.

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Valeria SosaEconomía · · lectura 2 min
Casas particulares: la escala de octubre suma 1,7% y absorbe la mitad de la suma no remunerativa de agosto

El personal de casas particulares arrancó octubre con una nueva escala salarial: los haberes mínimos se incrementan 1,7% respecto de los valores de septiembre, según surge del calendario fijado por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (Resolución 6/2026). El ajuste, que se aplica tanto a las retribuciones mensuales como a los pagos por hora, se inscribe en una serie de incrementos escalonados que la autoridad laboral previó en 1,9% para agosto, 1,8% para septiembre, 1,7% para octubre y 1,6% para noviembre y diciembre.

Ahora bien, vamos a los números: además de la suba, la liquidación de este mes incorpora un cambio relevante. La mitad de la suma no remunerativa que se abonó en agosto pasa a integrar el salario básico, en una decisión que consolida en el sueldo de bolsillo una parte de aquel adicional transitorio.

La mitad de la suma no remunerativa se incorpora al básico

Ese adicional de agosto, que se pagó de forma no remunerativa, había oscilado entre 8.000 y 20.000 pesos, de acuerdo con la cantidad de horas trabajadas por semana. En octubre, entonces, la mitad de ese monto deja de percibirse como concepto extraordinario y se suma al básico, lo que modifica la composición del recibo y obliga a recalcular los aportes y contribuciones.

Qué hay que mirar para liquidar el sueldo de octubre

  • Categoría y modalidad: el monto final depende del tipo de tarea (supervisión, cuidados, tareas específicas, entre otras) y de si la prestación es con retiro o sin retiro.
  • Antigüedad: corresponde adicionar el 1% del salario básico por cada año trabajado para el mismo empleador, considerando exclusivamente esa relación laboral.
  • Adicional por zona desfavorable: en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida, Islas del Atlántico Sur y el partido bonaerense de Patagones, el sueldo se incrementa 31%.
  • Horas extra en días hábiles: llevan un recargo de 50%.
  • Horas extra en sábados después de las 13, domingos y feriados: el adicional asciende a 100%.

En definitiva, la variación de 1,7% es solo uno de los componentes de un escenario más amplio. La transición de la suma no remunerativa hacia el básico reconfigura la base sobre la que se calculan antigüedad, aportes y horas extra, de modo que una misma cantidad de horas trabajadas puede arrojar un recibo distinto al de septiembre aunque la cifra global se mantenga en línea con la actualización prevista.

En la comparación con octubre del año pasado, la suba acumulada desde entonces vuelve a poner en primer plano la discusión sobre el poder adquisitivo del sector, históricamente relegado de la negociación paritaria formal. El dato que hay que mirar el mes que viene es cómo impacta en los recibos de noviembre la finalización del traspaso de la suma no remunerativa, junto con el nuevo ajuste de 1,6% que cerrará el calendario previsto por la Resolución 6/2026.

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Valeria SosaEconomía

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